Cuando se abre una herencia en Castelló de la Plana, Vila-real o en cualquier otro punto de Castellón, el certificado de últimas voluntades dice si hay testamento, de qué fecha es y qué notaría lo autorizó. Sin él no se puede avanzar con la declaración de herederos ni con la partición.
Qué hacemos con el certificado
Nos encargamos de la solicitud, del pago de la tasa y de la recepción del certificado, y te orientamos sobre qué hacer con su contenido.
- Preparamos y presentamos la solicitud ante el Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia.
- Abonamos la tasa mediante el modelo 790.
- Pedimos también, si lo necesitas, el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento.
- Te entregamos el certificado digitalizado y te explicamos qué indica.
- Te orientamos para pedir la copia autorizada del testamento a la notaría que lo otorgó.
Documentación necesaria
La solicitud es sencilla si tenemos los documentos correctos. Necesitamos de ti:
- Certificado de defunción del fallecido.
- DNI o NIE del solicitante.
- Datos del fallecido: nombre completo, DNI o NIE y fecha de fallecimiento.
- Autorización firmada para presentar la solicitud en tu nombre.
- Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero, el certificado de defunción debidamente legalizado o traducido, cuando proceda.
Plazos y datos clave
El Registro solo expide el certificado pasados 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento. Mientras llega ese momento, aprovechamos para reunir la documentación y dejar la solicitud lista.
El certificado indica si el fallecido otorgó testamento, su fecha y la notaría que lo autorizó, pero no su contenido. Para conocer el contenido hay que pedir una copia autorizada a esa notaría. Si no hay testamento, el siguiente paso es la declaración de herederos. Conviene guardar el certificado junto al certificado de defunción, porque casi todos los trámites posteriores, desde los bancos hasta la notaría, los piden juntos.
Qué hacer una vez tienes el certificado
El certificado es solo el primer paso de la herencia. Según lo que diga, el camino cambia, y en Castellón solemos ayudar con los pasos siguientes:
- Si hay testamento, pedir la copia autorizada a la notaría que lo otorgó.
- Si no lo hay, preparar la declaración de herederos ab intestato.
- Reunir los certificados bancarios y de seguros del fallecido.
- Calcular y presentar el impuesto de sucesiones ante la administración competente.
Cada paso tiene sus plazos, en especial el del impuesto de sucesiones, así que conviene tener claro el orden desde el principio.
Trabajamos con personas y empresas de toda la provincia, desde Castelló de la Plana hasta Burriana, pasando por Benicarló y Vinaròs. La familia puede estar repartida por varias localidades o incluso fuera de España: el trámite se hace igual a distancia. No importa en qué rincón de Castellón estés, porque el expediente se presenta online.
Cómo trabajamos
Trabajamos a distancia: lo que necesitamos nos llega por WhatsApp o por email, lo comprobamos y nos encargamos de la presentación telemática. No hace falta que te muevas de casa ni de tu lugar de trabajo; los justificantes y las resoluciones te llegan por el mismo canal por el que nos escribiste.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si no hay testamento?
Se tramita la declaración de herederos ab intestato, ante notario o juzgado, según el caso, y se reparte la herencia conforme a la ley.
¿Incluye testamentos de otras provincias?
Sí. El Registro es nacional, por lo que recoge los actos otorgados en cualquier notaría de España, no solo en Castellón.
¿Qué es el modelo 790?
Es el impreso con el que se paga la tasa de expedición del certificado. Nosotros lo cumplimentamos y abonamos al presentar la solicitud.
¿Y si el fallecido tenía un seguro de vida?
Se puede pedir también el certificado del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, que informa de las pólizas de vida existentes.
Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso: te diremos qué documentación hace falta y cómo seguimos.
